3 de febrero de 2007

CCIODH-OAXACA :: informe preliminar / 4

I.- CONCLUSIONES

La Comisión Civil Internacional de Observación de los Derechos Humanos en base a su investigación considera probado.

RESPECTO A MEDIOS DE COMUNICACIÓN.

34.- En el conflicto ha sido significativa la toma de varios medios de comunicación como respuesta al cerco informativo y por el descontento de la población. Los medios independientes han ganado un espacio nuevo y algunos medios comunitarios han ganado independencia. Por estas razones han sido y siguen siendo blanco de ataques y de represión selectiva.

35.- Los periodistas y trabajadores de los medios de comunicación han sido víctimas de ataques indiscriminados. A partir de la muerte de Bradley Will muchos han descrito condiciones de trabajo parecidas a situaciones de guerra.

36.- Existen pocas denuncias presentadas ante las autoridades. La CCIODH tiene indicios de que algunas direcciones de medios incitaron a sus reporteros a callar tanto los agravios propios sufridos como algunas situaciones de las cuales han sido testigos.

37.- Las investigaciones de los homicidios del periodista estadounidense Bradley Will y del periodista oaxaqueño Raúl Marcial Pérez no han registrado avances. Las circunstancias del homicidio siguen sin clarificarse y adolecen de todas las irregularidades periciales y procesales referidas en el anterio apartado de vulneraciones legales.

HOSTIGAMIENTO Y AMENAZAS A DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS

38.- Las organizaciones de Derechos Humanos no gubernamentales y sus integrantes han sido víctimas de ataques selectivos, hostigamiento, amenazas, agresiones, campañas difamatorias, de desprecio y de acusaciones en contra, causando una criminalización de sus acciones, que ha obligado a muchos de ellos a tomar medidas para resguardar su integridad física y sus medios de trabajo, viéndose afectado con ello la realización del mismo.

RESPECTO A MUJERES.

39.- La Comisión ha documentado diversas y numerosas agresiones verbales, físicas y sexuales (violaciones, cortes de pelo, golpes, obligación de desnudarse, sentadillas, etc) hacia las mujeres por su condición de género. Las consecuencias han sido especialmente graves porque han implicado, en casos documentados, daños físicos, psicológicos y sociales como, por ejemplo, abortos traumáticos.

RESPECTO A LAS PERSONAS Y PUEBLOS INDÍGENAS.

40.- No se ha garantizado la asistencia de intérpretes en las diligencias policiales y judiciales ni se ha aplicado la Ley de Defensa de los Pueblos y Comunidades Indígenas. La CCIODH constata que muchos de los detenidos y presos indígenas, así como sus familiares, han testimoniado haber sido objeto de discriminación étnica por parte de funcionarios públicos: negación de la comunicación en el penal de Nayarit por desconocimiento de su lengua, insultos y tratos vejatorios por no hablar bien el español.

41.- En las regiones de Valles Centrales, Mixteca, Istmo, Sierra Sur y Costa y en la zona Triqui se ha constatado un incremento de la presencia de cuerpos militares, grupos de civiles armados y pistoleros, en algunos casos comandados por caciques y presidentes municipales, que agraden, asesinan, secuestran, hostigan y amenazan de muerte a la población (incluidos niños y mujeres), provocando desplazamientos en algunas comunidades con la consecuente fractura social y disgregación familiar.

CCIODH-OAXACA :: Informe preliminar / 1.

CCIODH-OAXACA :: Informe preliminar / 2.

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