Raúl Lugo Rodríguez
Es famosa la anécdota que sostiene que un día, un entrevistador, le hizo a
Juan XXIII una pregunta: “Santidad ¿Cuántas personas trabajan en el Vaticano?”,
a lo que el Papa habría respondido: “más o menos la mitad”. No sé de cuántas
secretarías gubernamentales podría decirse algo parecido.
El caso de MAR, actualmente de 27 años de edad, ha ocupado esta columna en
más de una ocasión. La gravedad de las violaciones a los derechos humanos cometidos
contra MAR salta a la vista:
1. Desde los ocho años comenzó a ser abusada sexualmente por
su padrastro, quien también explotaba sexualmente a la madre de MAR, a quien en
una ocasión trató de matar.
2. A los 9 años fue violada por su padrastro por vez
primera.
3. A los 11 años, MAR quedó embarazada de su padrastro y
tuvo una niña que fue inscrita en el Registro Civil como si fuera su hermanita
y no su hija.
4. A los 15 años comenzó a ser explotada sexualmente por el
padrastro.
Después de muchos años, MAR y su madre lograron sobreponerse a esa situación.
Con la decisión de abandonar al agresor para liberarse de él, comenzó para MAR
un nuevo calvario:
1. Acudió al Instituto para la Equidad de Género del estado
de Yucatán (IEGY). Ahí, un empleado le dijo que “no podían hacer nada” porque
había pasado ya “demasiado tiempo” y su caso había prescrito.
2. El 27 de febrero de 2010, acompañada del equipo de
derechos humanos Indignación A.C., presentó su denuncia penal ante la Agencia Especializada
en Delitos Sexuales de la entonces Procuraduría de Justicia del estado de
Yucatán. La acusación fue presentada por “los delitos de corrupción de menores e
incapaces, Lenocinio y Trata de Personas, Delitos contra el estado civil,
violencia intrafamiliar, amenazas, privación ilegal de la libertad y otras
garantías, violación y el o los que resulten”.
3. Junto con la demanda, MAR presentó una solicitud de
medidas cautelares, pues tenía miedo de lo que su padrastro pudiera hacer
contra ellas. La solicitud fue negada. La Agencia Especializada le dijo que la
Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que autorizaba este
tipo de procedimientos, “todavía no entra en vigor”, siendo que había sido
publicada en el Diario Oficial del Estado desde el año 2008.
4. El agresor fue detenido cuando intentaba agredir a la
familia que daba cobijo a las dos mujeres. Se abrió contra él la causa penal
041/2010 en el Juzgado de Tekax, siendo procesado solamente por lenocinio y
violación.
5. El 24 de agosto de 2010, MAR fue informada de que,
inexplicablemente, el Tribunal Superior de Justicia del estado de Yucatán, al
responder a una apelación del agresor, había retirado de la causa el delito de
violación. Sólo sería juzgado por el delito de lenocinio, delito que el Código
Penal de Yucatán establece como “no grave”, por lo que el agresor podría salir
bajo fianza. En Yucatán robar ganado, comerciar ilícitamente alcohol y hasta
cobrar dinero al interés, son considerados delitos graves. Obligar a una mujer
a prostituirse, no.
6. De manera sistemática, se impidió la presencia de
miembros del equipo Indignación en las sesiones del proceso penal, a pesar de
que son audiencias públicas. En un careo, el agresor amenazó a las mujeres diciendo
que “cuando yo salga me voy a encargar de ustedes una por una, empezando por
MAR”, amenaza que los funcionarios del juzgado omitieron asentar en la
diligencia.
7. En octubre de 2010 MAR presentó nueva denuncia, ahora por
violación equiparada. Para sustentar su dicho solicitó a la ahora Fiscalía
General del Estado, que realizara una prueba de ADN para comprobar que había
dado a luz a su hija cuando todavía tenía 11 años. Más de 350 personas
suscribieron una carta dirigida al fiscal, a la gobernadora y a la directora
del IEGY para solicitar la prueba de ADN y la consignación del nuevo
expediente. La Fiscalía reconoció que no cuenta con ese instrumento de
investigación y se negó a solventar los gastos que dicha prueba ocasionara.
8. Con solidaridad nacional e internacional, MAR logró
costear la prueba de ADN que demuestra que la niña inscrita como hermanita suya
es en realidad su hija, concebida de su agresor a los 11 años.
9. El 1 de septiembre de 2011 presentó la prueba ante la
Fiscalía. Inmediatamente, una campaña de solidaridad provocó que llegaran a 700
las personas que dirigieron una carta al Fiscal, a la Gobernadora y a la
Directora del IEG para que el expediente fuera consignado a la brevedad.
10. Para el día 16 de mayo de 2012, 15 meses después de interponer
la denuncia y seis meses después de presentar la prueba de ADN que ella misma
costeó, la Fiscalía no había consignado al Juez el expediente que ya estaba terminado
y en el área de consignaciones desde noviembre de 2011.
¿Se trata de un caso de negligencia? ¿Se trata de proteger a los
Magistrados que suprimieron el delito de violación del proceso penal? ¿Quién se
responsabiliza del riesgo al que se ven sometidas las dos mujeres involucradas,
al permitir y/o favorecer la liberación del agresor?
El pasado miércoles 16 de mayo, el equipo Indignación convocó a una
manifestación frente al Palacio de Gobierno. La carta, recibida ya setecientas
veces en los archivos electrónicos de la Fiscalía, fue leída una docena de
veces por altavoces. En una medida desesperada, dado que el agresor podría ser puesto
en libertad en cuestión de días, Indignación solicitó la de nuevo, por enésima
vez, la consignación inmediata del expediente. Un ejemplar impreso de la carta
fue entregado en la Oficialía Mayor del gobierno del estado.
Hoy, el equipo Indignación ha tenido conocimiento de que el expediente ha
sido consignado. Una buena noticia para MAR en medio de este largo calvario al
que se ha visto sometida por las agresiones de su padrastro y la negligente
actuación de los órganos de procuración e impartición de justicia.
¿Era necesaria tanta presión? ¿Se necesitan 700 cartas –sin contar con cuarenta
más que se unieron después de la manifestación del miércoles pasado– para que
la Fiscalía haga lo que, en virtud de su encargo, debiera haber hecho de manera
pronta y expedita? ¿De qué sirve cacarear que el sistema de justicia yucateco
es punta de lanza en el país cuando no se cuenta con una prueba como la del ADN,
hoy tan elemental para los procesos de investigación? Este triunfo de MAR nos
deja un sabor amargo. Hay muchos casos más de violencia de género que no
cuentan con la asesoría adecuada, ni son conocidos, ni cuentan con elementos de
presión… La procuración y administración de justicia en Yucatán dejan mucho,
mucho que desear. El derecho de acceso a la justicia, reconocido en nuestras
leyes, es sistemáticamente violado en Yucatán.
www.raulugo.indignacion.org.mx
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